Sentencia del Tibunal Supremos Sobre el Registro Diario de Jornada
El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, y sólo deben llevar un registro de horas extras realizadas, de acuerdo a la interpretación que realizan de lo fijado en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Es la primera sentencia en este sentido. No quiere decir que no haya que seguir llevando el registro diario de jornada, es una interpretación, habrá más sentencias, y finalmente una será de unificación de doctrina respecto a este asunto.